COMUNICADO IMPORTANTE SOBRE REGISTRO DE EXONERADOS EN NUEVA PLATAFORMA PAMEH

La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras informa a los postulantes para la inscripción del Registro de Exonerados es de naturaleza OBLIGATORIA conforme a lo indicado en el Decreto 25-2016 que contiene la Ley de Responsabilidad Fiscal para tal extremo se comunican los siguientes puntos:
1. Que la obligación de inscripción es para toda persona jurídica que goce de una exención o exoneración.
2. Que el plazo perentorio para dicha inscripción es de 90 días calendario, una vez publicado el Reglamento de dicha Ley en el Diario Oficial La Gaceta.
3. Que la persona jurídica que no presente su solicitud en el Registro dentro plazo indicado en el numeral anterior, tendrá el primer incumplimiento de Ley.
4. Que la referida Ley indica en su artículo 15 que la no inscripción por dos (2) años consecutivos o alternos repercutirá en la cancelación definitiva del beneficio
5. Que es obligación de las personas jurídicas, indicar en su registro el incentivo al cual pertenecen; en caso que gocen de más de un beneficio fiscal, deberán escoger uno y anexar la resolución en la cual se cancele el no deseado.

 

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